Como hemos dicho reiteradamente, el Título 42 no es una autoridad de inmigración, sino una autoridad de salud pública empleada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) como medida de protección contra la propagación de enfermedades transmisibles, en este caso, el COVID-19. Daremos cumplimiento a la orden de la corte de continuar haciendo cumplir de la Orden del Título 42 de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades mientras permanezca vigente. Mientras tanto, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) continuará ejecutando su plan integral que suma a todo el gobierno para gestionar los incrementos potenciales en la cantidad de migrantes que se encuentran en nuestra frontera. Como parte de este esfuerzo, el DHS ha establecido un Centro de Coordinación de la Frontera Suroeste para ejecutar esos planes. El DHS también aumentará el personal y los recursos según sea necesario, y ya ha redistribuido más de 600 agentes de la ley adicionales a la frontera.
Declaración del DHS sobre el fallo del Tribunal de Distrito sobre el Título 42
Fecha de lanzamiento: 21 de mayo de 2022
Last Updated: 05/21/2022